top of page

El autor del prólogo:

Bernardo Carvajal Sánchez.

​

Abogado consultor en derecho administrativo, constitucional y económico. Doctor en Derecho Público y Magister en Teoría de la Persona en Derecho de la Universidad París 1 Panthéon-Sorbone, Especialista en Derecho Constitucional de la Universidad Panthéon-Assas París 2 y en Legislación Financiera de la Universidad de los Andes, Abogado de la Universidad Externado de Colombia, profesor de pregrado y posgrado, conferencista, columnista y autor de publicaciones científicas en derecho. Fue Magistrado Auxiliar del Consejo Superior de la Judicatura (Colombia), y ejerce como asesor externo de entidades públicas y privadas, empresario de su propia firma de abogados. 

Extracto del prólogo.

​

Usted está a punto de leer una obra absolutamente innovadora en el campo de la contratación estatal. Gracias a ella se plantea, con lujo de detalle, la necesidad de abordar un tipo de riesgo cuyo manejo ha pasado desapercibido en Colombia y Latinoamérica, y cuya falta de dominio conceptual y práctico puede costarle un menoscabo al patrimonio público igual o superior que el generado por la corrupción.


En esta obra no solamente se diagnostica, sino que también se propone una forma más completa de identificar, gestionar y cubrir los riesgos relacionados con la actividad contractual de la administración pública; como quiera que el riesgo asociado a la persona del proponente (y posteriormente del contratista), o riesgo de contraparte, es una realidad identificable e innegable en el mercado de las compras del sector público.


El contraste con la desatención del riesgo asociado a las contrapartes, en la práctica de las relaciones contractuales del Estado, se pone entonces en evidencia. Al respecto, el presente texto resalta una premisa fundamental, de la cual no se tiene aún plena conciencia, que consiste en admitir – en palabras del autor – que “oferta y proponente son dos asuntos completamente distintos”.


Ahora bien, para obtener mayor provecho con la lectura de este libro, sugiero tomar cierta distancia respecto del marco regulatorio actualmente vigente en la materia. En ocasiones, ese stato quo normativo genera el sesgo epistemológico que resume muy bien la siguiente frase: “los árboles no dejan ver el bosque”. A menudo, los artificios regulatorios provenientes de normas imperativas o, inclusive, de normas de derecho blando en el ámbito de la contratación pública (que igualmente constriñen, así sea de modo más sutil y con la mejor intención), especialmente las que rigen los procedimientos de selección del contratista, nublan un poco el campo visual sobre la realidad y completitud de los riesgos empresariales o de mercado.

​

(...)

bottom of page